La
Agencia Tributaria ha ordenado el
embargo del sueldo de "un
regidor municipal"(**) de
Cabrils. **(Así
lo nombran en el escrito denegatorio que más adelante facilitaremos)
Examinando
la documentación del pasado pleno ordinario vinimos en conocimiento
de dicho embargo, motivo por el cual solicitamos vista del oficio
recibido de la Agencia Tributaria con objeto de conocer los motivos y
el grado de gravedad de dicho embargo.
No
tiene la misma gravedad un embargo por impago de una multa de
aparcamiento, que...."otro tipo de embargos".... hay
que tener en cuenta de que se trata de un cargo electo que recibe una
remuneración salarial con cargo a las arcas municipales.
Pues
bien, como viene siendo práctica corriente, "la convergente" titular de la alcaldía - "por decreto" - ha
vuelto a utilizar "el manual burocrático del NO por respuesta
habitual" para
negarnos la consulta del oficio recibido, y lo que es más grave, nos
niega conocer los motivos de dicho embargo.
Vale
la pena leer el primer párrafo de la segunda hoja de la negativa, no
tiene desperdicio. (Clicando aquí se puede consultar la negativa de acceso a la información)
Parece
que mientras en el caso Urdangarín el Juzgado entiende que debe prevalecer el derecho a la información sobre el derecho a la intimidad, en
Cabrils, la titular de la alcaldía parece creer que está por encima del bien y del
mal..."presunto"...
Continuaremos
informando,a pesar del NO
por respuesta habitual
ÀREA
D'INFORMACIÓ I PARTICIPACIÓ
Comunicació
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