10 d’abril 2014

DAN LA RAZÓN AL VECINO DE CABRILS QUE IMPUGNÓ EL ACUERDO PLENARIO DE CESIÓN DEL PADRÓN



Pendiente de un análisis jurídico del Auto 101/2014 dictado por la Magistrada Juez de la Sala de lo contencioso administrativo de Barcelona,  entendemos que de su lectura se desprende que se mantiene la medida cautelar de suspensión de cesión del padrón SOLO PARA EL DENUNCIANTE…. Incluso el auto recoge como no podía ser de otra forma que……


….si la ley que se apruebe en ese proceso (la consulta) ampara la cesión de datos del padrón a la Generalitat – CESIÓN QUE EN EL ACTUAL MARCO LEGAL NO ES POSIBLE – la propia ley establecerá las condiciones deeesa cesión y se concretarán entonces las obligaciones de todos los ayuntamientos de Catalunya, SIN EXCEPCIÓN de ceder esos datos para que se lleva a cabo la votación…….
Justamente fue esa ilegalidad la que motivó mi intervención de disconformidad y votación en contra de la cesión del padrón que el plenario acordó, acuerdo que he recurrido interponiendo en fecha 3 de abril el correspondiente recurso potestativo de reposición.

Supongo que os surgirán las mismas preguntas que a mí:

·         ¿Tendremos que ejercer individualmente nuestro derecho de oposición a la cesión de nuestros datos….?

·         ¿Estoy yo legitimado como cargo electo que ha interpuesto un recurso de reposición para personarme en defensa de los vecinos que tampoco quieren que se cedan sus datos….?
·         ….

De momento lo dejaré aquí, pendiente, como decía al principio del escrito, de un análisis jurídico de los entendidos en este tipo de asuntos.

Os dejo una petición de change.org que abrí el pasado domingo y que ya han “copiado” algunos “políticos” que hasta la fecha estaban en el puro silencio.


Alfredo Serrano Mora
Portaveu del grup municipal Veïns Independents de Cabrils

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